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viernes, 4 de mayo de 2012

EL PRESENTE Y EL FUTURO DE LA CIUDAD; ANGELES Y DEMONIOS: NORMAS Y REALIDADES (II)

HCD DE SAN FERNANDO
BLOQUE DE CONCEJALES DEL FRENTE PARA LA VICTORIA
PROYECTO DE DECRETO: CENTRO DE ORIENTACIÓN SOCIAL

San Fernando, Abril de 2012.

Visto
La vigencia de la Ordenanza N° 1430/87 por la cual se creó el CENTRO DE ORIENTACIÓN SOCIAL PARA LA FAMILIA Y LA JUVENTUD, y

Considerando
Que en el próximo mes de Septiembre se cumplirán 25 años de la creación del CENTRO,
Que el Artículo 2° de la Ordenanza establece que el “CENTRO se dedicará al tratamiento de los que genéricamente se denomina “Salud Mental””,
Que es una institución municipal que con un plantel profesional de excelencia, prestó servicios a la comunidad de San Fernando y distritos cercanos en la problemática de la salud mental y trastornos de conducta y que dichos servicios fueron reconocidos por la comunidad asegurando su perduración en el tiempo,
Que los Intendentes Municipales Alfredo R. Viviant, José Luis Pericoli, Gerardo Osvaldo Amieiro y Luis Andreotti (interinato) dieron cumplimiento a la Ordenanza asegurando el funcionamiento del Centro y dotándolo de los recursos humanos profesionales para el cumplimiento de sus objetivos,
Que por Ordenanza N° 10156/10 la institución paso a denominarse “CENTRO DE ATENCION PSICOLOGICA Y SOCIAL”
Que de acuerdo a informaciones oficiosas la planta de personal profesional del CENTRO ha sido reducida sustancialmente y que la Secretaría correspondiente estaría desafectando las funciones del CENTRO,
Por ello el Bloque de Concejales del Frente para la Victoria propone el siguiente



PROYECTO DE DECRETO

Artículo 1°) El Departamento Ejecutivo deberá informar acerca del cumplimiento de la Ordenanza N° 1430/87, lo siguiente:
      a) Ubicación física del servicio y estrategia del Departamento Ejecutivo respecto del inmueble en el que permanecerá o se instalará el Centro.
      b) Dotación de personal que actualmente presta funciones en el Centro con el detalle de su identificación y título profesional habilitante y su comparación con la planta funcional establecida por la Ordenanza
      c) Comparación de la cantidad de profesionales actualmente afectados al Centro con respecto a la planta existente en el Centro en  Octubre de 2011.
      d) Servicios profesionales que se prestan en la actualidad respecto a la Salud Mental.
      e) Toda otra información que considere relevante para evaluar el estado de situación del CENTRO y sus actividades futuras.
Artículo 2°) De forma.

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