Ante la confirmación por parte del Intendente Andreotti de demoler el galpón parte de la historia de la ciudad, para construir una plaza de acuerdo a los intereses del Municipio de Tigre, los concejales peronistas enviaron Cartas Documentos al Intendente Municipal, al Secretario de Obras Públicas Arq. Daquino, al Sub Secretario de Obras Públicas Arq. Barbieri y al Contador Municipal intimándolos a cumplir la Ley Orgánica de las Municipalidades y la Ordenanza del Plan de Desarrollo Urbano.
NO BAJAMOS LOS BRAZOS - NUNCA MENOS
San Fernando, 16 de enero del 2012.- En nuestro carácter de Concejales del Bloque PJ-Frente Para La Victoria del Honorable Concejo Deliberante de San Fernando, nos dirigimos a Ud. en relación al actual desmantelamiento e inminente demolición que el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de San Fernando, se encuentra ejecutando en el edificio del ex Mercado “Eduardo Grondona” a fin de poner en su conocimiento que de acuerdo a la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley 6769/58, es facultad exclusiva del Departamento Deliberativo, reglamentar toda cuestión relacionada con: 1º) La conservación de monumentos, paisajes y valores locales de interés tradicional, turístico e histórico (arts. 27, inc. 3º, Ley citada); 2º) La modificación y demolición de edificios públicos, así como también sus partes accesorias; (art. 27, inc. 24, Ley citada); 3º) El establecimiento de toda Institución de bien público vinculada con los intereses sociales del Municipio y la educación popular (art. 28, inc. 8º, Ley citada) y 4º) La conservación de las obras municipales y los monumentos (art. 62, Ley citada). Consecuentemente, los actos que ese Departamento Ejecutivo se encuentra realizando en el histórico ex Mercado Grondona omitiendo la necesaria intervención del H.Concejo Deliberante y en contradicción a las normas ut supra mencionadas, son nulos y pasibles de responsabilidad penal y administrativa, de conformidad con los preceptos de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y los códigos y leyes aplicables en cada caso (arts. 240, 241 y 242, Ley citada). Por ello, encontrándose sancionada la Ordenanza número 10.049/09 mediante la cual se estableció un Plan de Desarrollo Urbano, fijándose “Condiciones particulares de las zonas especiales” en especial para la ZEIU 35 Canal de San Fernando y un Sistema de Gestión (Título 3-Cap.1).
Intimamos a Ud. en su carácter de Intendente a cesar en forma inmediata cualquier acto material y/o jurídico en el referido Mercado Grondona, sin la previa intervención de este Cuerpo Deliberativo, bajo apercibimiento, en caso de omisión y retardo de formalizar la correspondiente denuncia penal por encontrarse tipificada su acción en lo establecido por el art. 248 del Código Penal. Remito copia de la presente al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires. QUEDA USTED NOTIFICADO.
Bloque de Concejales PJ-FPV
Briceño, Coronel, Esteban, Giménez, Herrera y Medina
pongase a trabajar esteban, colabore con el nuevo govierno.
ResponderEliminarentienda que el FPV perdío porque los vecinos estan cansados de ustedes.
Gracias por acceder al blog. En respuesta al anónimo, que muy cobarde es al ocultar su identidad y por única vez: Estamos trabajando todos los dias para ayudar a este gobierno a cumplir con los compromisos que realizó en la campaña; entre otras ayudas hicimos posible que la Ordenanza del Presupuesto esté bien redactada para que el Intendente pueda ejecutarlo, y lo hizo el Bloque del Frente para la Victoria. Ahora lo ayudamos recordándole que hay leyes y Ordenanzas que debe cumplir como lo hacemos todos porque "no es el dueño de la ciudad". Es muy posible que los vecinos no hayan votado nuestra propuesta porque habían perdido la confianza; si ese es el diagnóstico, no nos quite la posibilidad de predicar nuestras convicciones y propuestas para recuperar la confianza de los vecinos, sin poner "palos en la rueda ni mentir" como durante 4 años lo hizo Andreotti con nuestro gobierno. No vamos a repetir esa conducta
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